domingo, 27 de septiembre de 2009

Basamento Legal donde se crea el Ministerio del Poder Popular para la Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias

En la nueva Constitución Nacional reza en su artículo 110:
El Estado reconocerá el interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aplicaciones y los servicios de información necesarios por ser instrumentos fundamentales para el desarrollo económico, social y político del país, así como para la seguridad y soberanía nacional.


Para el fomento y desarrollo de esas actividades, el estado destinará recursos suficientes y creará el sistema nacional de ciencia y tecnología de acuerdo con la Ley. El sector privado deberá aportar recursos para los mismos. El estado garantizará el cumplimiento de los principios éticos y legales que deben regir las actividades de investigación científica, humanística y tecnológica. La ley determinará los modos y medios para dar cumplimiento a esta garantía.

En 1999 se crea el Ministerio de Ciencia y Tecnología actualmente Ministerio del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias como parte de la profundas transformaciones implementadas para dar al estado una estructura y funcionalidad coherentes al nuevo proyecto de país y en aras de que los productos de la ciencia, la tecnología y la innovación se articulen permanentemente y se orienten para agregar valor a los componentes reales del desarrollo sustentable.
Atte Rofer Frías

1 comentario:

  1. Me alegra que Rofer se esté integrando con el equipo, tu publicación es bastante buena.
    Atte.

    Omira Almeida

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