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viernes, 20 de noviembre de 2009

SUJETO ACTIVO VS SUJETO PASIVO DE LOS DELITOS INFORMÁTICOS


Sujeto activo en los delitos informáticos.
Las personas que cometen los "Delitos informáticos" son aquellas que poseen ciertas características que no presentan el denominador común de los delincuentes, esto es, los sujetos activos tienen habilidades para el manejo de los sistemas informáticos y generalmente por su situación laboral se encuentran en lugares estratégicos donde se maneja información de carácter sensible, o bien son hábiles en el uso de los sistemas informatizados, aún cuando, en muchos de los casos, no desarrollen actividades laborales que faciliten la comisión de este tipo de delitos.
Con el tiempo se ha podido comprobar que los autores de los delitos informáticos son muy diversos y que lo que los diferencia entre sí es la naturaleza de los cometidos. De esta forma, la persona que "entra" en un sistema informático sin intenciones delictivas es muy diferente del empleado de una institución financiera que desvía fondos de las cuentas de sus clientes.
El nivel típico de aptitudes del delincuente es tema de controversia ya que para algunos en el nivel de aptitudes no es indicador de delincuencia informática en tanto que otros aducen que los posibles delincuentes informáticos son personas listas, decididas, motivadas y dispuestas a aceptar un reto tecnológico, características que pudieran encontrarse en un empleado del sector de procesamiento de datos.
Sin embargo, teniendo en cuenta las características ya mencionadas de las personas que cometen los "delitos informáticos", estudiosos en la materia los han catalogado como "delitos de cuello blanco" término introducido por primera vez por el criminológico norteamericano Edwin Sutherland en el año de 1943.
Efectivamente, este conocido criminólogo señala un sinnúmero de conductas que considera como "delitos de cuello blanco", aún cuando muchas de estas conductas no están tipificadas en los ordenamientos jurídicos como delitos, y dentro de las cuales cabe destacar las "violaciones a las leyes de patentes y fábrica de derechos, el mercado negro, el contrabando en las empresas, la evasión de impuestos, las quiebras fraudulentas, corrupción de altos funcionarios entre otros".
Asimismo, este criminológico estadounidense dice que tanto la definición de los "delitos informáticos" como las de los "delitos de cuello blanco" no es de acuerdo al interés protegido, como sucede en los delitos convencionales sino de acuerdo al sujeto activo que los comete. Entre las características en común que poseen ambos delitos tenemos que: el sujeto activo del delito es una persona de cierto status socioeconómico, su comisión no puede explicarse por pobreza ni por mala habitación, ni por carencia de recreación, ni por baja educación, ni por poca inteligencia, ni por inestabilidad emocional.
Hay dificultad para elaborar estadísticas sobre ambos tipos de delitos. La "cifra negra" es muy alta; hay dificultades para descubrirlo y sancionarlo, en razón del poder económico de quienes los cometen, pero los daños económicos son altísimos; existe una gran indiferencia de la opinión pública sobre los daños ocasionados a la sociedad; la sociedad no considera delincuentes a los sujetos que cometen este tipo de delitos, no los segrega, no los desprecia, ni los desvaloriza, por el contrario, el autor o autores de este tipo de delitos se considera a sí mismos "respetables" otra coincidencia que tiene estos tipos de delitos es que, generalmente, son objeto de medidas o sanciones de carácter administrativo y no privativos de la libertad.
Por nuestra parte, consideramos que a pesar de que los "delitos informáticos" no poseen todas las características de los "delitos de cuello blanco", si coinciden en un número importante de ellas, aunque es necesario señalar que estas aseveraciones pueden y deben ser objeto de un estudio más profundo, que dada la naturaleza de nuestro objeto de estudio nos vemos en la necesidad de limitar.
Sujeto pasivo de los delitos informáticos.
En primer término tenemos que distinguir que sujeto pasivo o víctima del delito es el ente sobre el cual recae la conducta de acción u omisión que realiza el sujeto activo, y en el caso de los "delitos informáticos" las víctimas pueden ser individuos, instituciones crediticias, gobiernos, etcétera que usan sistemas automatizados de información, generalmente conectados a otros.
El sujeto pasivo del delito que nos ocupa, es sumamente importante para el estudio de los "delitos informáticos", ya que mediante él podemos conocer los diferentes ilícitos que cometen los delincuentes informáticos, con objeto de prever las acciones antes mencionadas debido a que muchos de los delitos son descubiertos casuísticamente por el desconocimiento del modus operandi de los sujetos activos.
Dado lo anterior, "ha sido imposible conocer la verdadera magnitud de los "delitos informáticos", ya que la mayor parte de los delitos no son descubierto o no son denunciados a las autoridades responsables" y si a esto se suma la falta de leyes que protejan a las víctimas de estos delitos; la falta de preparación por parte de las autoridades para comprender, investigar y dar tratamiento jurídico adecuado a esta problemática; el temor por parte de las empresas de denunciar este tipo de ilícitos por el desprestigio que esto pudiera ocasionar a su empresa y las consecuentes pérdidas económicas, entre otros más, trae como consecuencia que las estadísticas sobre este tipo de conductas se mantenga bajo la llamada "cifra oculta" o "cifra negra".
Por lo anterior, se reconoce que "para conseguir una prevención efectiva de la criminalidad informática se requiere, en primer lugar, una análisis objetivo de las necesidades de protección y de las fuentes de peligro. Una protección eficaz contra la criminalidad informática presupone ante todo que las víctimas potenciales conozcan las correspondientes técnicas de manipulación, así como sus formas de encubrimiento".
En el mismo sentido, podemos decir que mediante la divulgación de las posibles conductas ilícitas derivadas del uso de las computadoras, y alertando a las potenciales víctimas para que tomen las medidas pertinentes a fin de prevenir la delincuencia informática, y si a esto se suma la creación de una adecuada legislación que proteja los intereses de las víctimas y una eficiente preparación por parte del personal encargado de la procuración, administración y la impartición de justicia para atender e investigar estas conductas ilícitas, se estaría avanzando mucho en el camino de la lucha contra la delincuencia informática, que cada día tiende a expandirse más.
Además, debemos destacar que los organismos internacionales han adoptado resoluciones similares en el sentido de que "educando a la comunidad de víctimas y estimulando la denuncia de los delitos se promovería la confianza pública en la capacidad de los encargados de hacer cumplir la ley y de las autoridades judiciales para detectar, investigar y prevenir los delitos informáticos".

Atte. Rofer Frías

¿SON ENFERMEDADES O ADICCIONES?


Si bien no estamos hablando de marihuana ni de cocaína, ni de alcohol ni de tabaco, la adicción a la red es tan real como las mencionadas.
La adicción a Internet cae en la misma clasificación que las drogas como la marihuana, es psicoestimulante o psicoactiva; esta droga contiene un grupo químico llamado tetrahydrocannabinol que activa el mismo estimulo que por Internet, sin embargo los provenientes del consumo químico tienen peores efectos que los derivados tecnológicos.
No solo la red produce adicciones, en revistas tales como "PC Juegos", se publican los trucos necesarios para vencer al enemigo en juegos tales como "Blood and magic"(sangre y magia) "Clandestinity", "Death Rally"(rally de la muerte) entre otros nombres similares; se establece el grado y tipo de adicción.
Esto permite que el jugador permanezca mayor tiempo frente al juego y la estimulación es mayor. La agudización de la atención será directamente proporcional al ascenso de nivel.
Podemos mencionar a modo de ejemplo en el Death rally tiene un grado 7 de adicción y produce el efecto de hongo, Héroes of might grado de adicción 9.
¿Sería apresurado a incluir este tipo de entretenimientos para niños dentro de los factores criminógenos? Según lo menciona el Dr. Ricardo Levene (nieto) toda la violencia que se ejerce contra la juventud, genera más violencia. La difusión de lo agresivo, genera una actitud negativa ante la vida.
La misma red generó un grupo de autoayuda llamado IASG (Internet Adicción Support Group) o grupo soporte para la adicción a Internet.
Este organismo ha publicado los síntomas más comunes experimentados por los internautas:
• Perdida de la noción del tiempo transcurrido en línea.
• Minimizar ante otros el tiempo que se está conectado.
• Utilizar cada vez menos tiempo en la alimentación o trabajo.
• Reducción o renuncia a actividades de orden social, laboral o recreacional
Síndrome de abstinencia.
Se produce ante la reducción o cesación de conexión y cuyos síntomas son:
1. Agitación psicomotriz
2. Ansiedad
3. Pensamiento obsesivo acerca de lo que está sucediendo en la red.
4. Fantasías o sueños acerca de Internet.
5. Movimientos de tipos voluntarios o involuntarios con los dedos.
Adictos a las adicciones.
Los Psicólogos y sociólogos escriben respecto de la adicción "es un conjunto de conductas complejas y claramente determinadas por la ciencia de la salud, es una enfermedad, grave que provoca mucho dolor y sufrimiento, no es productiva, no produce reacción genuina, ni crecimiento, ni placer", hay estados intermedios, que también se definen como adicción, pero adicción es dolor."
Hay muchos términos que se acercan en algún sentido: fanatismo deslumbramiento, compulsión, aislamiento. Los jóvenes son uno de los segmentos más importantes en el uso de la Red; si Internet es adictivo, habrá que vigilar el uso adecuado de la red por nuestros adolescentes y niños.
Desde la psicología se dice Si la culpa la tiene el otro, rockero, objeto amigo, red, yo como adulto no soy responsable de nada, no sea cosa que Internet vaya a parar a las listas de "las malas compañías"
Y desde la criminología "Cuando la minoridad está en crisis queda comprometido el mañana" Dr. Ricardo Levene (nieto)

Atte.

Rofer Frías

PERFIL CRIMINOLÓGICO DE LOS CIBERCORSARIOS.



Son auténticos genios de la informática, entran sin permiso en ordenadores y redes ajenas, husmean, rastrean y a veces, dejan sus peculiares tarjetas de visita. Los Hackers posmodernos corsarios de la red, son la ultima avanzada de la delincuencia informática de este final de siglo.
Parecen más bien una pandilla que se divierte haciendo travesuras. El hecho de hacer saltar por los aires las encriptadas claves de acceso de los ordenadores más seguros del mundo, entrar en las redes de información de Gobiernos y organismos oficiales, y simplemente, echar un vistazo y salir dejando una pequeña tarjeta de visita, parece suficiente para estos corsarios posmodernos, que no roban, no matan, no destrozan, simplemente observan. En 1996 observadores informáticos accedieron 162.586 veces a las bases de datos estadounidenses, que presumen de ser las mejor protegidas del planeta.
Kevin Mitnik quien con solo 16 años fue un pionero, impuso su lema "La información es pública, es de todos, y nadie tiene derecho a ocultarla" y cuando fue detenido sostuvo que no se creía un delincuente y decía "Un Hacker es solo un curioso, un investigador, y aquí vuestra intención equivale a enviar a un descubridor a la hoguera, como lo hacia la inquisición"
Una cosa esta clara, mientras los cibercorsarios se esfuerzan y mejoran sus esfuerzos por hacer saltar los sistemas de seguridad de los computadores más controlados, las compañías desarrollan mecanismos de protección más sofisticados. En el "Jargon File" se ha publicado un compendio comprensivo del Hacker que comprende su tradición, folklore, y humor.
Este documento es una colección de términos utilizados en la "Subcultura del Hacker" aunque en el se incluyen términos técnicos, intentamos describir el modus vivendi del Hacker, en el que tendrá valores compartidos, sus propios mitos, héroes, diversiones, tabúes, sueños, hábitos, etc.
Esta Subcultura ha nacido aproximadamente hace 40 años compuesta por personas particularmente creadoras, y como en toda Subcultura el vocabulario particular del Hacker ha contribuido al sostenimiento de su cultura, además de ser utilizado por un lado como una herramienta de comunicación, y por otro de inclusión y de exclusión. Son conscientes e inventivos en el uso del idioma, rasgos que parecen ser comunes en niños y jóvenes.
Se denomina a la Subcultura del Hacker hackerdown y su intención es extenderse prefiriendo calidad más que cantidad.
A decir de los subculturalistas podríamos definir al Hackerdown como un nuevo tipo de subcultura con un factor criminógeno latente. Opinan que las pandillas, lejos de hallarse desorganizadas, se encuentran sujetas a un sistema de valores, normas y conductas compartidas que constituyen su propia cultura; claro está que la subcultura no coincide con los valores y normas centrales u oficiales y constituye una suerte de sociedad de recambio.
Cohen acentúa el hecho de que la delincuencia subcultural no aparece como una dinámica antisocial, sino disocial, donde el grupo tiene su sistema de valores, sus propias normas sus formas de Status, sus reglas de prestigio. Diríamos, en términos conductistas, que los miembros de grupo tienen sus propios impulsos, sus modelos y refuerzos, modo de satisfacerlos y gozan de la aprobación del grupo, ello refuerza la conducta criminógena.
A diferencia de las personalidades antisociales, los delincuentes Subculturales (dysocial) pueden desarrollar lazos interpersonales genuinos, compartiendo un continuado y significativo aprendizaje de evitación (de la detección o de la condena)

Atte

Rofer Frías

CONCEPTO DE DELITOS INFORMÁTICOS


El delito informático implica actividades criminales que en un primer momento los países han tratado de encuadrar en figurar típicas de carácter tradicional, tales como robos o hurto, fraudes, falsificaciones, perjuicios, estafa, sabotaje, etcétera. Sin embargo, debe destacarse que el uso de las técnicas informáticas ha creado nuevas posibilidades del uso indebido de las computadoras lo que ha propiciado a su vez la necesidad de regulación por parte del derecho.
A nivel internacional se considera que no existe una definición propia del delito informático, sin embargo muchos han sido los esfuerzos de expertos que se han ocupado del tema, y aún cuando no existe una definición con carácter universal, se han formulado conceptos funcionales atendiendo a realidades nacionales concretas.
Por lo que se refiere a las definiciones que se han intentado dar en el mundo, cabe destacar que Julio Téllez Valdés señala que "no es labor fácil dar un concepto sobre delitos informáticos, en razón de que su misma denominación alude a una situación muy especial, ya que para hablar de "delitos" en el sentido de acciones típicas, es decir tipificadas o contempladas en textos jurídicos penales, se requiere que la expresión "delitos informáticos" esté consignada en los códigos penales, lo cual en nuestro país, al igual que en otros muchos no ha sido objeto de tipificación aún".
Para Carlos Sarzana, en su obra Criminalista e tecnología, los crímenes por computadora comprenden "cualquier comportamiento criminógeno en el cual la computadora ha estado involucrada como material o como objeto de la acción criminógena, como mero símbolo".
Nidia Callegari define al delito informático como "aquel que se da con la ayuda de la informática o de técnicas anexas".
Rafael Fernández Calvo define al delito informático como "la realización de una acción que, reuniendo las características que delimitan el concepto de delito, se ha llevado a cabo utilizando un elemento informático o telemático contra los derechos y libertades de los ciudadanos definidos en el título 1 de la constitución española".
María de la Luz Lima dice que el "delito Electrónico" "en un sentido amplio es cualquier conducta criminógena o criminal que en su realización hace uso de la tecnología electrónica ya sea como método, medio o fin y que, en un sentido estricto, el delito informático, es cualquier acto ilícito penal en el que las computadoras, sus técnicas y funciones desempeñan un papel ya sea como método, medio o fin".
Julio Téllez Valdés conceptualiza al delito informático en forma típica y atípica, entendiendo por la primera a "las conductas típicas, antijurídicas y culpables en que se tienen a las computadoras como instrumento o fin" y por las segundas "actitudes ilícitas en que se tienen a las computadoras como instrumento o fin".
Por otra parte, debe mencionarse que se han formulado diferentes denominaciones para indicar las conductas ilícitas en las que se usa la computadora, tales como "delitos informáticos", "delitos electrónicos", "delitos relacionados con las computadoras", "crímenes por computadora", "delincuencia relacionada con el ordenador".
Concluimos entonces que entendemos por "delitos informáticos" a todas aquellas conductas ilícitas susceptibles de ser sancionadas por el derecho penal, que hacen uso indebido de cualquier medio informático.

Atte

Rofer Frías